Para el nombramiento de un recurso preventivo, la empresa contratista será la encargada de su designación, su capacitación tiene que tener, a nivel básico una formación preventiva con una duración de 60 horas y lo estipulado en el Convenio General del sector de la Construcción, esta deberá de ser complementada con una formación específica de los trabajos que supervisará. También tendrá que acreditar una experiencia en todas las actividades que vigilará.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales consideran Recursos Preventivos los siguientes:
- Uno o varios trabajadores designados por la empresa.
- Uno o varios miembros del servicio de prevención propio de la empresa.
- Uno o varios miembros de servicios de prevención ajenos concertados por la empresa.
El empresario tendrá la posibilidad de asignar uno o varios trabajadores de la empresa, sin que estos estén en el servicio de prevención propio de la empresa ni ser trabajadores designados. Lo único que se le exigirá a estos trabajadores será tener los conocimientos, la experiencia y la cualificación necesaria en las actividades que van a supervisar y que tengan la formación preventiva a las funciones de nivel básico.
¿Qué es el recurso preventivo?
Este recurso preventivo se hizo obligatorio en el año 2003 tras la publicación de la Ley 54/2003, desde entonces la Ley de Prevención de Riesgos Laborales hace que el empresario tenga la obligación de designar un recurso preventivo para determinadas actividades, situaciones y trabajos que se consideren de especial riesgo y peligrosidad. Algunas de las actividades que se consideran con riesgo especial son: trabajos con riesgo a explosión de agentes químicos o biológicos, exposición a radiaciones ionizantes, cercanía de líneas de alta tensión, ahogamientos por inmersión, sepultamiento, hundimiento o caída de altura.
El recurso preventivo es una persona que es designada por la empresa contratista, que tendrá la capacidad y formación correspondiente para aquellas funciones que realizará, para ello necesita disponer de los recursos y medios adecuados y permanecer en el lugar de trabajo todo el tiempo que sea necesario mientras se sigan cumpliendo las condiciones que hace que se requiera su presencia en las actividades que se estén realizando. La presencia del recurso preventivo no exime ninguna otra medida de prevención y medida de protección obligatorias, el recurso preventivo es una medida complementaria.
¿Funciones del recurso preventivo?
La función que desempeña un recurso preventivo es supervisar que se cumplan las actividades preventivas que se prevén en la planificación para el control de riesgos, verificando su eficacia y cuadrando tales actividades para los riesgos que se intenta evitar.
Centrándonos en el sector de la construcción, la función que desempeña el recurso preventivo serian:
Se encarga de la supervisión de las condiciones en las que se desarrollan ciertas actividades y de vigilar que se acatan las medidas integradas en el Plan de seguridad de la obra, verificar su eficacia y asegurar el cumplimiento de los métodos de trabajo detallados.
Este trabajo no consiste en controlar todas las medidas preventivas que se han previsto en el Plan de Seguridad, solamente tiene que asegurarse que se cumpla aquellas en las que el Plan establezca su presencia. Por lo cual el recurso preventivo debe de tener el Plan de Seguridad para poder realizar su trabajo, además de estar al tanto de las medidas indicadas que se encuentran en el Plan de Seguridad, para tener la capacidad de valorar el si se está cumpliendo lo especificado en el plan y en caso contrario poder comunicarlo para su rectificación.
Si contempla que las medidas especificadas no son suficientes, deberán de solucionar estas deficiencias con indicaciones para el buen cumplimiento de las normas estipuladas e informar al empresario de las carencias encontradas para que éste las corrija.
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